La autosuficiencia del extranjero es un principio antiguo de la ley de inmigración de los Estados Unidos. Lo pueden declarar inadmisible si Usted podría convertirse en Carga Pública. Se requiere que el extranjero no dependa de los recursos públicos para cubrir necesidades básicas.
Cualquier extranjero quien, en opinión de un oficial consular al momento de la solicitud de una visa, o en opinión del Fiscal General al momento de la solicitud de admisión o ajuste de estatus, podría convertirse en cualquier momento en una carga pública, es inadmisible.
El 10 de Octubre de 2018 se publicó en el Registro Federal una reglamentación propuesta sobre la inadmisibilidad por carga pública. Esta reglamentación tiene un periodo de 60 días para comentarios y después se emitirá una regla final.
¿Qué factores se consideran al momento de determinar si es Carga Publica?
- Edad
- Salud
- Recursos
- Educación
- Activos
- Habilidades del extranjero etc..
¿A quien aplicará la nueva reglamentación ?
La reglamentación propuesta aplicará a personas que buscan admisión a Estados Unidos desde el extranjero con visas de inmigrantes o no inmigrantes, personas que desean ajustar su estatus al de residente permanente legal desde dentro de Estados Unidos, y personas en Estados Unidos que tienen una visa temporal y buscan extender su estadía en la misma clasificación de visa de no inmigrante o cambiar su estatus a una clasificación de no inmigrante distinta
Hay excepciones por ejemplo:
- Refugiados
- Asilados
- Afganos e Iraquíes que tienen visas de inmigrantes especiales
- No inmigrantes víctimas de la trata de personas y crímenes
- Personas que solicitan bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer
- Jóvenes inmigrantes especiales
- Aplicantes bajo la Ley de Ajuste Ciubano , entre otros.
Además, la regla excluye la consideración de los beneficios recibidos por un hijo de extranjeros y es ciudadano estadounidense que adquirirá la ciudadanía bajo la sección 320 o 322 de INA, y por los extranjeros miembros de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos.
Las adjudicaciones de cargas públicas solo contarían para la beneficios públicos designados, incluida la asistencia en efectivo para mantenimiento de ingresos, Medicaid (con excepciones limitadas para beneficios de Medicaid pagados por una «condición médica de emergencia» y ciertos servicios por discapacidad relacionados con la educación), el Subsidio de Bajos Ingresos de la Parte D de Medicare, el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, cupones de alimentos), cualquier beneficio provisto para la institucionalización de cuidado a largo plazo a expensas del gobierno, Programa de Vales de Elección de Vivienda de Sección 8, Asistencia de Alquiler Basada en Proyectos de Sección 8 y Vivienda Pública.
Los beneficios cubiertos generalmente representan los programas federales más amplios para personas de bajos ingresos al cubrir totalmente los gastos relacionados con necesidades básicas para la subsistencia, tales como ingreso, vivienda, alimentos y cuidado de salud.
¿Qué beneficios no estan incluidos? Muchos beneficios no se consideran parte de la reglamentación propuesta. De hecho, la reglamentación no incluye la consideración de asistencia médica de emergencia, ayuda en casos de desastre, programas nacionales de almuerzos escolares, cuidado tutelar y adopción, y el programa “Head Start”.
Hay muchos programas estatales y Federales al cual Usted puede ser elegible. Consulte con un profesional para que determine si Usted puede o no ser considerado inadmisible.